TRÁMITES Y SERVICIOS

ACTA DE RECONOCIMIENTO

DESCRIPCIÓN

Cuando el menor es registrado como hijo natural y posteriormente el padre del menor quiere reconocerlo.

COSTO 

Gratuito

DÓNDE SE PAGA

No aplica

FUNDAMENTO LEGAL

Artículos 3.19, 3.20 y 3.21 del Código Civil del Estado de México;

Artículo 74, 75 fracción II, 76 Y 77 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México;

 

REQUISITOS PERSONAS FÍSICAS

  • Solicitud de registro que contendrá firma (s) y huella(s) de quien (es) comparece (n).
  • Presencia del reconocedor, de el/la reconocido y de quien otorga el consentimiento en los casos que establece el Código Civil.
  • Copia Certificada del Acta de Nacimiento de quien va a reconocer, de quien otorga el reconocimiento y de quien va a ser reconocido, con una certificación no mayor a seis meses.
  • Identificación oficial vigente del reconocedor y de quien deba otorgar el reconocimiento.
  • CURP de los padres y del menor a registrar.

REQUISITOS PERSONAS MORALES

REQUISITOS INSTITUCIONES PÚBLICAS

PREGUNTAS FRECUENTES

¿PUEDE REALIZAR EL TRÁMITE OTRA PERSONA?

NO, SOLO LA PERSONA INTERESADA

¿UNICAMENTE PUEDO PRESENTAR MI CREDENCIAL DE LECTOR?

NO, UNA IDENTIFICACION OFICIAL ES VÁLIDA

¿SE PUEDE REALIZAR EL TRÁMITE EN ALGUNA OTRA OFICINA ?

NO, SOLO EN LOS LUGARES INDICADOS

Documento a obtener

  • Acta de Reconocimiento.

     

Casos en los que el trámite debe realizarse

  • Cuando el menor es registrado como hijo natural y posteriormente el padre del menor quiere reconocerlo.

     

Criterios de resolución del trámite

  • Qué cumplan con todos los requisitos

Unidad Administrativa Responsable

Secretaría del Ayuntamiento

Titular de la Dependencia

Lic. Zaira Taide Montoya Valenzuela

Domicilio

Calle Bartolomé Flores. S/N, Cabecera Municipal, en Coacalco de Berriozábal C.P. 55700

Teléfono

58989993 ext. 2061

Correo electrónico

sec.coacalco2022@gmail.com